jueves, 31 de octubre de 2013

ANECDOTARIO DE LA DEGENERADA VIOLENCIA "DE GENERO". La dominicana despechada

EL CASO DE LA DOMINICANA DESPECHADA
(extraido del libro El Varon Castrado, de Diaz Herrera)

La dominicana Elena, 32 años, llegó a España en 1994. Tras largos años de trabajo en el servicio doméstico, cuando creyó que tenía suficiente dinero para alquilar una casa, envió cierta cantidad a la República Dominicana para que vinieran su marido y sus hijos, de los que lleva separados seis años.

Pero su marido, Juan, 39 años, se gastó el dinero en prostitutas y alcohol y tuvo que quedarse en su país.

Al enterarse de lo ocurrido, su mujer lo perdonó. Acto seguido le envió un billete de avión para que pudiera volar por Dominicana de Aviación.

DENUNCIA EN FALSO A SU MARIDO PARA TENER VIA LIBRE Y LIARSE CON SU AMANTE

180361pceoind431895[1].jpgMUJER ARRESTADA POR INVENTARSE UNA DENUNCIA FALSA DE VIOLENCIA DE GENERO PARA QUE EXPULSEN A SU MARIDO DE LA CASA PARA INICIAR UNA NUEVA RELACION CON OTRO HOMBRE

Arrestada una mujer en Antequera (Málaga) por denuncia falsa de maltrato Una mujer de 44 años de edad ha sido arrestada en Antequera acusada de un delito de denuncia falsa después de que acusase a su esposo de malos tratos para que fuese detenido y poder iniciar otra relación con otro hombre.

Un ejemplo de denuncia falsa que termina en archivo provisional

No sólo son denuncias falsas aquellas en las que se insta y resuelve simulación de delito, como pretenden los autodenominados "expertos" -modestos ellos-, como el desnortado de Miguel Lorente, o la Cueto que dirige el juzgado feminazi 1 de Granada. También en su inmensísima mayoría las denuncias que terminan en sobreseimiento. He aquí un buen ejemplo de cómo las denuncias falsas falsísimas terminan siendo sobreseídas y archivadas.

T R I B U N A L  S U P R E M O
Sala de lo Penal
AUTO
CAUSA ESPECIAL
Causa Especial Nº: 20663/2012
Fallo/Acuerdo: Auto Desestimando

Procedencia: Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 2 Las Palmas de Gran Canaria.

Las ventajas de la denuncia falsa de maltrato

La motivación de la denuncia falsa ante los inquisitoriales Juzgados feminazis de genero (aunque en realidad la Inquisición ofrecía infinitas más garantías que esos engendros judiciales plagados de tiorras feminazistas radicales de género), no sólo responde a obtener ventajas en los procesos de separación o divorcio; también es la llave a robarle al hombre todas y cada una de sus pertenencias.

He aquí lo que advierte Diaz Herrera, autor de El Varon Castrado.

90% de absoluciones, pese a la implacable maquinaria inquisitorial feminazi

Acerca del Varon Castrado /2

JOSÉ DÍAZ HERRERA, PERIODISTA Y ESCRITOR
«Muchos de los juzgados de violencia de género están en manos de feministas»

Periodista Digital
Por Miguel Pato
Jueves, 28 de diciembre 2006

La Constitución, en su artículo 14, asegura que los españoles son iguales ante la ley sin discriminación por razones de sexo. Mentira. Al menos, eso aseguran las asociaciones de padres separados e importantes figuras de la Justicia. La culpable es la Ley de Violenica de Género. Periodista Digital habla de las lagunas y peligros de esta ley con José Díaz Herrera, autor del libro El varón castrado.

Detenciones arbitrarias masivas de hombres. Maria Sanahuja

sanajuana[1].jpgLa juez decana de Barcelona, María Sanahuja, denuncia «miles» de detenciones masivas «sin apenas indicios» por malos tratos,

Carol Álvarez en El Mundo
«Hemos causado un gran dolor a un montón de hombres»

« No hay delito que lleve a la detención masiva de miles de hombres, sin apenas indicios», denuncia la juez decana de Barcelona, María Sanahuja, pero la aplicación de la Ley Integral de Violencia de Género lleva a hacer real esta situación, «propia de regímenes totalitarios», advierte la decana. Fue ése el pensamiento de Sanahuja cuando concluyó, ayer, que «la Justicia española aún ha de hacer la transición democrática».

Masacre judicial contra el hombre. Datos de Diaz Herrera

ACERCA DEL VARON CASTRADO / 1

PRESENTACIÓN DEL LIBRO "EL VARÓN CASTRADO", DE JOSÉ DÍAZ HERRERA, EDIT. PLANETA, VERDADES Y MENTIRAS SOBRE VIOLENCIA DOMÉSTICA EN ESPAÑA.

Nacido en Santa Cruz de Tenerife hace 56 años, José Díaz Herrera es un licenciado en Ciencias de la Información especializado en el periodismo de investigación. Con Isabel Durán ha escrito numerosos ensayos y en 2005 publicó en solitario Los mitos del nacionalismo vasco, un texto que hace un amplio uso de novedosas fuentes documentales públicas y privadas.

Quizá el hecho de estar separado y tener dos hijos en custodia compartida esté entre los motivos que le han llevado a escribir El varón castrado. Verdades y mentiras de la violencia en España, un texto que tiene, como los cortes geológicos de terrenos sedimentarios, distintas capas superpuestas. Lo primero que ve el lector es una feroz crítica de la Ley Integral contra la Violencia de Género. Tal como señala el autor, 2006 ha sido el primer año natural en el que la Ley contra la Violencia de Género ha estado vigente. Dicha ley fue la primera de las grandes leyes impulsadas por Zapatero para modificar la estructura emocional y de valores del país.

La plena aplicación de la Ley contra la Violencia de Género ha supuesto en España, como señala Díaz Herrera, un despliegue de medios gigantescos. Más allá de jueces y policías, ha sido necesario el apoyo de numerosos profesionales cuya remuneración le ha supuesto al contribuyente mucho dinero. Por desgracia, esta utilización de recursos no ha impedido que 68 mujeres hayan sido asesinadas por sus parejas. Ocho muertas más que en 2005 pese a que 80 hombres han sido condenados diariamente. Entre julio de 2005 y junio de 2006 los distintos órganos judiciales condenaron a 29.356 varones, 7 de cada 10 juzgados.

A la vista de estos datos y de otros muchos que aporta el autor resulta evidente que la Ley contra la Violencia de Género es ineficaz pese a que, como muestra Díaz Herrera, cuando una mujer llama a la policía diciendo que su pareja le agrede, se presentan los agentes en menos de una hora y se llevan, esposado, al supuesto agresor. Una vez en las dependencias policiales se le toman las huellas dactilares, queda incluido en una base de datos como maltratador y lo meten en un calabozo. Al día siguiente es juzgado en un cuarto de hora con un alto riesgo de perder hijos, casa y quedar obligado a pasarle a su pareja una pensión compensatoria. Pasados 15 días se revisa la sentencia en el juzgado penal.

Ley ineficaz, sí, pero Díaz Herrera va más allá y plantea si ésta es una ley justa. En su opinión injusta porque priva al hombre de la presunción de inocencia. Injusta porque la Ley contra la Violencia de Género remite al Código Penal conflictos de pareja que podrían mitigarse o resolverse con una ley de mediación familiar que proporcionase apoyo psicológico o psiquiátrico gratuito y de calidad. Construido este volumen sobre un mosaico de casos que acaban por ser repetitivos, el texto pierde tracción por un exceso de metraje y la deriva de consideraciones demasiado permeadas de filias y fobias.

Bernabé SARABIA

Violencia hembrista

La violencia contra el hombre es un concepto que se enmarca el contexto de la violencia doméstica y particularmente se refiere a la violencia de pareja, donde el rol de agresor es tomado por la mujer en las parejas heterosexuales o bien, por el varón en aquellas parejas de carácter homosexual. La violencia contra el hombre no se considera violencia de género tal como ocurre con la violencia de pareja perpetrada contra las mujeres, puesto que no se atribuye a las desigualdades entre los sexos, como en el caso femenino.1
A pesar de numerosos estudios que informan sobre la preponderancia de la violencia doméstica es perpetrada por los varones contra las mujeres, otros estudios empíricos sugieren que las tasas de violencia doméstica de las mujeres y los hombres son equivalentes. Eso ha generado muchas controversias y discusiones entre los investigadores.
El concepto de violencia contra el hombre se apoya en la idea de ciertos autores que indican que tanto en la violencia contra las mujeres como en la que es realizada contra los hombres se pueden encontrar motivos similares, mientras que la idea de que el hombre pueda ser víctima de la mujer genera resistencias y no está exenta de controversias, en las que se trata, por ejemplo, el sesgo al entender la idea de violencia física como la única forma de violencia realmente importante.



Síndrome del esposo golpeado

El concepto de violencia contra el hombre tendría su origen en el concepto de «Síndrome del esposo golpeado», que aparece por primera vez en la revista «Victimology» , en un artículo escrito en 1977 por Suzanne K Steinmetz: «The Battered Husband Syndrome». Esta investigadora afirmaba que el número de amenazas de violencia de las esposas contra los esposos excede en un 20% el de los esposos y llegaba a la conclusión de que las mujeres tienen más intencionalidad de violencia que los varones pero no pueden llevarla a cabo. Realizó este estudio sobre 57 familias residentes en New Castle County, Delaware, Estados Unidos. El resultado fue que un 93% de las personas utilizaban agresiones verbales y un 60% agresiones físicas, como arrojar objetos o empujar al otro, para resolver conflictos maritales. Mientras el 39% de los maridos arrojaban objetos, el 37% de las mujeres lo hacían. Los esposos en un 31% empujaban o tomaban por la fuerza a su esposa contra un 22% de las esposas. Steinmetz llega a la conclusión de que la violencia es recíproca entre esposos y esposas, que la intencionalidad es la misma en varones que en mujeres y que las mujeres son más proclives a iniciar la pelea.29
En otro estudio con estudiantes universitarios Suzanne Steinmetz les pidió que rellenen un cuestionario sobre las modalidades de resolución de conflictos en su familia. El resultado fue que el 95% de las personas, sean varones o mujeres indistintamente, utilizaban los insultos y las agresiones verbales, mientras que el 30% practicaba agresiones físicas como arrojar objetos o empujar al otro o tratar de golpearlo.
Los argumentos de Suzanne Steinmetz han sido apoyados y criticados total o parcialmente por numerosos investigadores; ello no sólo ha llevado a que algunos utilicen el apelativo de «mito del síndrome del esposo golpeado», sino que ha incitado el debate sobre la simetría de género

El Supremo limita la aplicación de la ley feminazi de género a los casos de machismo

Por fin, un átomo de sensatez en el T. Supremo: si la ley es para la violencia machista, habrá que aplicarla sólo cuando tal situación se acredite. Con estas sentencias se limita el alcance del dogma de genero, dejándola de aplicar en los casos judiciales en que tal extremo no se acredite. Por contra el vendido y malhadado Tribunal Constitucional resucita este prejuicio judicial.

Ver STS aqui

Los Juzgados de "violencia hacia la mujer", constituidos por la ley feminazi de género, aplican ilegalmente y por sistema el principio fundamentalista (y falso) de que cuando se produce cualquier trifulca entre un hombre y una mujer es por machismo, lo que hace que la supuesta agresión al hombre se pene diferente si fuera realizada por una mujer (la violencia hembrista feminazi queda al margen, por supuesto, faltaría más). Cualquiera que haya pasado por un tribunal de este jaez, sabe que ni el fiscal ni la juez que lo componen (generalmente feminazis), se molestan lo más mínimo en que de algún modo se acredite la "superioridad patriarcal" a que hace mención la Ley feminazi de género en su preámbulo y en el art. primero. Basta que el denunciado sea hombre y haya tenido algún tipo de relación con la falsaria denunciante, para que automáticamente su caso sea visto por estos juzgados feminazis. Los Decanatos, igualmente culpables de esta maquinaria inquisitorial, sin excepción les derivan las denuncias sin ningún tipo de comprobación previa que no sea la de la relación sentimental denuncianta-denunciado (es sabido que las parejas de gays y lesbianas quedan al margen porque ya el canalla imbécil de Zapatero se encargó de guiñarles excluyéndoles del peso de esta inconstitucional y aberrante ley)

SUECIA: Un estudio de una Academia de Gotemburgo revela que hay más víctimas masculinas que femeninas en la violencia intrafamiliar 07/10/2013

http://lacomunidad.elpais.com/eduardoalcoleamarinlagares/2013/10/8/en-suecia-hay-mas-victimas-masculinas-femeninas-por

http://cubanuestra1.wordpress.com/2013/10/08/suecia-mas-hombres-que-mujeres-sufriendo-maltrato-de-pareja/

 

EN SUECIA HAY MÁS VÍCTIMAS MASCULINAS QUE FEMENINAS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.

Escrito por: Eduardo Martinez el 08 Oct 2013 - URL Permanente
Nota de Eduardo Martinez: Esto es hoy en Suecia; "mañana" será en España.

(Traducción libre por Eduardo Martinez, basado en el traductor de Google)

http://www.healthcanal.com/mental-health-behavior/43637-male-victims-of-partner-violence-outnumber-females.html

07/10/2013 09:35:00

Los tratados internacionales que España ha firmado defienden la coparentalidad sobre la custodia materna exclusiva 25/10/2013

El interés del menor: superior… ¿a qué? Legislación internacional custodia hijos

25 octubre, 2013 | Por Autor: Jose Manuel Vara Gonzalez en Derecho de personas | Familia

El  “interés superior del menor” es un concepto procedente del derecho anglosajón que se ha introducido en nuestro ordenamiento a través de la ratificación de determinados instrumentos internacionales.

En la Inglaterra del s. XVIII la relación jurídica del padre con sus hijos pertenecía al ámbito de los derechos de propiedad.  En las separaciones matrimoniales, el padre conservaba legalmente la titularidad de los derechos de custodia, y podía recuperar la posesión de sus hijos en poder de las madres ejercitando judicialmente el habeas corpus. Los repertorios de jurisprudencia recogen unos pocos casos en que el tribunal denegó el habeas corpus basándose en que ello parecía “lo mejor para el menor”: Rex v. Delaval, 1763, Rex v. De Mannenville, 1804, y sobre todo, el caso Blissets de 1774. Ése parece ser el origen del concepto. En Rex v. Greenhill (1836), el padre había abandonado la familia para irse a vivir con su amante; exigió la custodia, que le fue reconocida judicialmente, lo que motivó que la madre se expatriara con sus tres hijos. El caso dio lugar a la reforma de la Ley de Custodia de Menores de 1839, que consagra en el common law la “doctrina de los años tiernos” (tender years doctrine): se concedían facultades a los tribunales para presumir que la custodia de la madre correspondía al mejor interés del menor de siete años. La presunción se amplió hasta los 16 años en 1873.

miércoles, 30 de octubre de 2013

PROJUSTICIA se querella contra el Observatorio del CGPJ por falsedad documental. Los "expertos", un nido de feministas radicales "de genero" manipulador. 10/10/2013

querella_observatorio Querella por falsedad documental contra los "expertos" del Observatorio de violencia de género del Consejo General de Poder Judicial.


10 de octubre de 2013


Se ha presentado querella por falsedad documental contra los "expertos" del "Observatorio contra la violencia doméstica y de género" del Consejo General del Poder Judicial.


La querella está basada en los siguientes hechos que a entender del querellante son constitutivos de delito: